A partir del 1.º de enero de 2026 entra en vigencia una de las reformas más relevantes para trabajadores independientes en Costa Rica en los últimos años. Se trata de la modificación al artículo 8 inciso s) de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que introduce la posibilidad de aplicar una deducción automática del 25% sobre los ingresos brutos gravables, sin necesidad de presentar comprobantes. Esta reforma, publicada en el Alcance n.º 158 de La Gaceta n.º 233 del 11 de diciembre de 2025, marca un cambio importante en la forma en que miles de profesionales y trabajadores independientes podrán calcular su impuesto sobre la renta.

Lo primero que debe quedar absolutamente claro es que esta medida no representa un descuento del 25% sobre el impuesto a pagar. Tampoco implica una reducción de tarifas ni la creación de nuevos beneficios extraordinarios. Lo que establece la reforma es una modalidad alternativa de deducción de gastos. En otras palabras, el contribuyente ahora podrá elegir entre deducir sus gastos reales, debidamente respaldados con facturas y cumpliendo los requisitos de deducibilidad establecidos por la normativa, o bien aplicar una deducción única equivalente al 25% de sus ingresos brutos gravables sin necesidad de presentar prueba alguna. La decisión debe tomarse al momento de presentar la declaración anual y no es posible combinar ambas opciones.

Para entender el impacto real de esta reforma, es necesario comprender cómo funciona el impuesto sobre la renta en el caso de personas físicas con actividad lucrativa. El impuesto no se calcula sobre el total de ingresos facturados, sino sobre la utilidad neta, es decir, ingresos menos gastos deducibles. Con la nueva modalidad, si un profesional independiente factura 40 millones de colones al año, podrá deducir automáticamente 10 millones de colones como gasto presunto, y tributar únicamente sobre los 30 millones restantes. Sobre esa base imponible se aplican las tarifas progresivas vigentes. Esto simplifica significativamente el cumplimiento para quienes tienen dificultades para documentar sus gastos o cuya estructura operativa es mínima.

¿Quiénes pueden acogerse a esta deducción presunta del 25%? La reforma aplica a sujetos pasivos que presten servicios personales sin relación de dependencia con sus clientes. Esto incluye profesionales independientes, técnicos, trabajadores por cuenta propia como carpinteros, estilistas, fontaneros, así como agentes vendedores, comisionistas y agentes de seguros. Es decir, personas que generan ingresos por su trabajo o conocimiento, pero no tienen un vínculo laboral formal con un patrono. Para este segmento, la medida puede representar una herramienta poderosa de simplificación tributaria.

Sin embargo, el análisis no puede quedarse en la superficie. La pregunta correcta no es si existe el 25%, sino si conviene aplicarlo en cada caso concreto. Si un profesional tiene gastos reales que superan el 25% de sus ingresos, optar por la deducción automática podría significar pagar más impuesto del necesario. Pensemos en un abogado que factura 50 millones al año y tiene gastos reales por 18 millones debidamente documentados, lo que representa un 36% de sus ingresos. Si decide aplicar el 25% presunto, solo podrá deducir 12,5 millones, renunciando a 5,5 millones adicionales de gasto deducible, lo cual incrementaría su base imponible y su carga tributaria. En ese escenario, la modalidad tradicional de gastos reales resulta claramente más conveniente.

Por el contrario, si un profesional trabaja desde casa, no paga alquiler de oficina, no tiene empleados, no incurre en gastos significativos y además no mantiene un archivo ordenado de comprobantes, la deducción automática puede representar una solución eficiente y práctica. Supongamos un diseñador gráfico que factura 30 millones al año y solo logra documentar gastos por 4 millones, equivalentes al 13%. Bajo el régimen tradicional tributaría sobre 26 millones. Con la deducción del 25% tributaría sobre 22,5 millones, reduciendo su base imponible sin necesidad de presentar comprobantes adicionales. En este caso, la reforma cumple su objetivo de simplificación y equidad administrativa.

El espíritu de la reforma también responde a una necesidad estructural del sistema tributario costarricense: incentivar la formalización. Muchos trabajadores independientes operan con estructuras informales porque sienten que la carga administrativa es excesiva. La posibilidad de aplicar una deducción presunta elimina la barrera del manejo documental complejo y puede facilitar la incorporación al sistema formal. Además, una correcta declaración de ingresos mejora el acceso a crédito, fortalece la bancarización y abre la puerta a programas de apoyo empresarial.

Es importante destacar que la reforma no altera las tarifas del impuesto sobre la renta ni modifica los tramos progresivos existentes. Tampoco elimina la obligación de declarar. Simplemente amplía el abanico de opciones disponibles para calcular la utilidad gravable. La decisión debe ser estratégica y basada en números reales. No es recomendable aplicar automáticamente el 25% sin realizar una simulación comparativa previa. La planificación fiscal consiste precisamente en analizar escenarios y elegir la alternativa que minimice la carga tributaria dentro del marco legal.

Desde una perspectiva profesional, esta reforma abre una oportunidad significativa para los asesores contables. El valor ya no está únicamente en presentar declaraciones, sino en realizar análisis comparativos, proyecciones y simulaciones personalizadas. Cada caso debe evaluarse individualmente considerando volumen de ingresos, estructura de costos, nivel de formalización y proyección de crecimiento. El profesional independiente necesita claridad y acompañamiento para tomar una decisión informada.

La clave para 2026 no será simplemente conocer que existe un 25%, sino entender cuándo aplicarlo y cuándo no. Una elección incorrecta puede representar miles o incluso millones de colones adicionales en impuesto anual. Por eso, más que una simplificación automática, estamos ante una herramienta de planificación tributaria que debe utilizarse con criterio técnico.

En conclusión, la deducción presunta del 25% en el impuesto sobre la renta para trabajadores independientes constituye un avance en materia de simplificación tributaria en Costa Rica. No es un descuento directo del impuesto, no es una reducción de tarifas y no aplica de manera obligatoria. Es una opción. Como toda opción fiscal, su conveniencia depende de la realidad económica de cada contribuyente. La decisión correcta requiere análisis, proyección y estrategia. El 2026 marcará un nuevo escenario para los profesionales independientes, y quienes comprendan el alcance real de esta reforma estarán en mejor posición para optimizar su carga tributaria y fortalecer su estabilidad financiera.

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